jueves, 9 de julio de 2015

1850 PERSONAS AFECTADAS DESPIDO COLECTIVO INDRA SISTEMAS

En la reunión mantenida este martes entre la Dirección de Relaciones Laborales y los miembros de la Comisión Negociadora en Representación Legal de los Trabajadores, la empresa nos ha transmitido el inicio del Expediente de Despido Colectivo en Indra Sistemas.

El número de personas afectadas por centro de trabajo, os lo adjuntamos a continuación:



PROVINCIA
CENTRO DE TRABAJO
TOTAL
MADRID
Arroyo de la Vega
920

Anabel Segura
373

Aranjuez
39

Avda. Hispanidad
9

Julián Camarillo
99

Kenia
8

Peonías
34

San Fernando
52

Sierra Morena
1

Torrejón de Ardóz
81

Triángulo
13
BARCELONA
BCN. Roc Boronat
95
A CORUÑA
A Coruña Arteix
8

Ferrol
1
ALBACETE
Albacete Camp
4
CADIZ
Pto. Santamaría
5
GUIPÚZCOA
Portuetxe
7
LAS PALMAS
León y Castillo
1
LEÓN
León
4

S. Román Bembib
3
MALAGA
Severo Ochoa
1
MALLORCA
Mallorca
1
MURCIA
Fuente Álamo
1

Murcia
1
NAVARRA
Cordovilla
2

Ermitapea
1
SEVILLA
Sevilla Aviación
11
TENERIFE
Tenerife
1
TOLEDO
Pz. de Grecia
2
VALENCIA
Cardl. Benlloch
33

Sagunto
1
VALLADOLID
Boecillo
8

Pirita
1
VIZCAYA
Barakaldo
9

Erandio. R. Axpe
20
TOTAL

1850


CCOO considera y así lo ha transmitido en la reunión, que el presentar un Despido Colectivo de este calado es una barbaridad y que no es propio de una empresa tecnológica como Indra Sistemas.

Las causas que dan lugar a la presentación del expediente de despido colectivo, son según Indra, económicas y productivas.

Los criterios de selección de afectados por el expediente son los siguientes:

1.    Trabajadores desasignados en periodos superiores a 60 días, entendiendo por tales los profesionales que han finalizado un proyecto y que la unidad de gestión de recursos no consigue asignar su perfil en proyectos de la misma unidad dónde finalizaron el último proyecto ni en otras unidades de la empresa.
2.    Trabajadores con baja “cargabilidad” que han estado desasignados parcialmente o que, en el corto plazo, finalizan los proyectos y sus perfiles tienen una mayor dificultad de asignación.
3.    Profesionales asignados a actividades de baja rentabilidad o proyectos a abandonar.
4.    Trabajadores cuya tasa es muy superior a la requerida por el proyecto e Indra debe “subvencionar” parte de la misma para poder asignarles a los proyectos.
5.    Trabajadores con largos periodos imputados a formación interna y que no consiguen reconvertir su perfil a las tecnologías demandadas.
6.    Menor valoración en la evaluación del desempeño que evalúa los resultados, y las dimensiones (competencias y capacidades) demostradas por el trabajador en su actividad diaria, de los ejercicios 2013 y 2014.

En CCOO consideramos este expediente, un atentado grave para los trabajadores y trabajadoras de la empresa y pondremos todos los recursos a nuestro alcance para paliar sus efectos.


La próxima reunión está prevista para el lunes 13 de julio.


Os seguiremos informando.

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