lunes, 19 de mayo de 2014

PERMISOS RETRIBUIDOS ELECCIONES PARLAMENTO EUROPEO 25 MAYO



El próximo domingo 25 de mayo de 2014 se celebran elecciones al
Parlamento Europeo.
De acuerdo con el Decreto 90/2014, los permisos para ejercer el voto para los trabajadores que el mencionado día no sea día de descanso son los siguientes:

Electores y Electoras.
Cuando la jornada laboral del personal comprendido en el artículo 1
coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios
Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:

a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de
cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis
horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de
dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a
permiso.

Miembros de la Mesa Electoral.
Tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 26 de mayo de 2014, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Si alguna de las personas miembros de Mesa Electoral hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, el responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligado a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.

Apoderados y Apoderadas.
Los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.

No hay comentarios: