¿QUIERES AMPLIAR TUS ESTUDIOS PERO TE FALTA TIEMPO?
En un marco laboral tan inestable para el empleo, como el que nos ha tocado vivir, la cualificación profesional es altamente valorada y para conseguirla se impone llevar a cabo un proceso de formación continua.
La escasez de tiempo y la dificultad para combinar la formación con otras facetas de nuestra vida nos impiden llevar a cabo los estudios que nos gustaría.
Como empieza el curso académico y puede que te estés interesado en seguir algún curso para el que necesitas pedir permiso, te informamos de existen los denominados PIF (Permisos Individuales de Formación).
Las becas PIF son un derecho que han negociado los sindicatos en el ámbito del IV Acuerdo de Formación para el Empleo, con el fin de favorecer el desarrollo profesional y personal de todos los trabajadores y trabajadoras de este país.
¿EN QUÉ CONSISTE EL PIF?
Es un permiso remunerado que concede la empresa a un trabajador/a para hacer uso de, hasta un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, para la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una acreditación oficial y sin que ello conlleve una pérdida de salario.
¿CÓMO SE ACCEDE A UN PIF?
Existe un modelo normalizado de solicitud del PIF que las empresas deben poner a disposición de las personas interesadas, la cual debe ser cumplimentada por el/la solicitante, el cual recoge los datos principales de la formación que desea realizar.
La empresa debe contestar por escrito al empleado/a, y la denegación del permiso ha de estar motivada por razones organizativas o de producción.
Asimismo la empresa debe informar en todo momento a los representantes de los trabajadores/as de los casos, por lo que siempre podréis contar con el asesoramiento de vuestro delegado/a sindical.
Si eres afiliados/as de CCOO también podremos intervenir en tu nombre.
¿PARA QUE SE PUEDE SOLICITAR UN PIF?
Existen muchas acciones formativas para las que solicitar este tipo de permisos:
• Acciones formativas reconocidas mediante una titulación oficial del Ministerio de Educación, incluidos los títulos propios de las universidades.
• Acciones formativas reconocidas mediante acreditación oficial del resto de Administraciones públicas (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Industria, etc.)
• Los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
• El acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y cualificaciones profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales, cuando se desarrolle la normativa correspondiente.
• Para preparar exámenes y trabajos y tutorías personales en la formación a distancia, siempre que pertenezcan a las categorías anteriores.
• Acciones formativas reconocidas mediante una titulación oficial del Ministerio de Educación, incluidos los títulos propios de las universidades.
• Acciones formativas reconocidas mediante acreditación oficial del resto de Administraciones públicas (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Industria, etc.)
• Los títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
• El acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y cualificaciones profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales, cuando se desarrolle la normativa correspondiente.
• Para preparar exámenes y trabajos y tutorías personales en la formación a distancia, siempre que pertenezcan a las categorías anteriores.
Y PARA MÁS INFORMACION
• Cuaderno sobre los Permisos Individuales de Formación
http://www.comfia.net/archivos/unicaja/cuaderno-PIF.pdf
• Solicitud de Permiso Individual de Formación
http://www.comfia.net/archivos/unicaja/SOLICITUD-PIF.pdf
• Solicitud de Permiso Individual de Formación
http://www.comfia.net/archivos/unicaja/SOLICITUD-PIF.pdf
Si necesitas cualquier aclaración contacta con nosotros
2 comentarios:
Revisad los enlaces que habéis puesto al final de esta entrada. No apuntan donde deberían.
Muchas gracias por avisarnos Angel, ya los hemos corregido.
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